La AFIP cre?? un nuevo r??gimen de informaci??n que ahora los empleadores deber??n cumplir antes de liquidar los salarios de sus trabajadores. Seg??n explicaron desde el organismo, lo que se busca con la medida, que ya fue publicada en el Bolet??n Oficial es ???evitar la planificaci??n laboral nociva y las pr??cticas de evasi??n al Sistema ??nico de Seguridad Social???.??Por una nueva resoluci??n de la AFIP, los empleadores deber??n informar ahora los montos no remunerativos que pagan a sus trabajadores antes de liquidar los sueldos.
Lo que busca la medida es ???evitar la planificaci??n laboral nociva y las pr??cticas de evasi??n al Sistema ??nico de Seguridad Social???.
Es un r??gimen de informaci??n para que los empleadores informen, antes de liquidar los salarios a sus trabajadores, los conceptos bajo el rango ???no remunerativos???, como as?? tambi??n la normativa que los avala y el importe al que ascienden.
Los montos ???no remunerativos??? son aquellos sobre los que no se aplican descuentos de previsi??n y seguridad social. La resoluci??n general 3279 ser?? publicada en el Bolet??n Oficial ??y establece que la declaraci??n se debe realizar en el micrositio ???Declaraci??n Jurada Informativa de Conceptos no Remunerativos???, en el web de la AFIP (www.afip.gob.ar).